«Otra cuestión es la de los cargos directivos, sobre los cuales me han preguntado algunas de las damas. Tampoco ahí se plantea la cuestión del sexo. En los distintos cargos directivos y en los distintos empleos en público y en el gobierno, no hay ningún límite para la presencia de las mujeres. Pues los estadounidenses, por poner un ejemplo, habían exigido a uno de nuestros países vecinos que hubiera un veinticinco por ciento de mujeres en la administración; por exigencia, obligatoriamente. Eso está mal. ¿Por qué veinticinco por cien? Que sea el treinta y cinco por cien ¡o el veinte por cien! Eso de fijar cifras y proporciones no tiene sentido. Aquí el criterio es el mérito. Es ahí donde una mujer culta, con experiencia y eficaz, es mejor para un ministerio que tal hombre que se ha postulado como candidato a ministro. Tal mujer debe ser ministra. Lo mismo ocurre con la representación parlamentaria. Imaginen, por ejemplo, que en tal ciudad se necesitan uno o dos representantes para la Asamblea y se ha presentado una o dos mujeres o uno o dos hombres. Es la aptitud lo que debe mirarse. Ahí no hay preferencia ninguna ni existe limitación alguna en ese terreno. Ese es el dictamen del Islam. La cuestión es la meritocracia» (27/12/2023